Artículos de interés de derecho penal, derecho civil y derecho de familia

DOCTRINA DEL TRIBUNAL SUPREMO PARA LOS CASOS DE DAÑOS EN LOS BIENES POR COLISIÓN RECÍPROCA SIN DETERMINACIÓN DEL GRADO O PORCENTAJE DE CULPA DEL CONDUCTOR

Publicado: 06 de junio de 2019, 16:29
  1. DERECHO CIVIL
DOCTRINA DEL TRIBUNAL SUPREMO PARA LOS CASOS DE DAÑOS EN LOS BIENES POR COLISIÓN RECÍPROCA SIN DETERMINACIÓN DEL GRADO O PORCENTAJE DE CULPA DEL CONDUCTOR

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, reunida en Pleno ha fijado con fecha 27-05-19 doctrina sobre la solución aplicable a los casos de daños en los bienes causados por la colisión recíproca de vehículos sin determinación del grado de culpa de cada conductor.

Dicha doctrina viene a completar la establecida por la Sentencia 536/2012 de 10 de Septiembre para los supuestos de daños a las personas, la cual en base a los principios de solidaridad social con las víctimas nos indicaba que la solución del resarcimiento proporcional es procedente solo cuando pueda acreditarse el concreto porcentaje o grado de incidencia causal de cada uno de los vehículos implicados, y de  no ser así, ambos conductores responden del total de los daños personales causados a los ocupantes del otro vehículo con arreglo a la doctrina de las "indemnizaciones cruzadas."

Ahora, para el supuesto de daños en los bienes, el criterio no puede ser el de la solidaridad social, sino el de la culpa o negligencia del conductor causante del daño, con la inversión de la carga de la prueba que resulta del texto legal y del principio general de responsabilidad por riesgo.

Pues bien, cuando ninguno de los conductores sea capaz de probar su falta de culpa o negligencia en la causación del daños el alto tribunal se inclina por que cada conductor asuma la indemnización de los daños del otro vehículo al 50%, para de ese modo evitar privar de indemnización al propietario del vehículo no causante del daño pero que no hubiera sido capaz de demostrar su falta de culpa así como también evitar indemnizar de manera completa al propietario del vehículo causante del siniestro pero sin que exista prueba al respeto.

Noticias relacionadas

Un particular deberá indemnizar con casi 35.000 Euros a una clínica veterinaria por una campaña de descrédito contra la misma en internet 31 mar

Un particular deberá indemnizar con casi 35.000 Euros a una clínica veterinaria por una campaña de descrédito contra la misma en internet

31/03/2021 DERECHO CIVIL
Un problema actual es el que nos plantea el supuesto del "cliente insatisfecho" que amparándose en la "sensación de impunidad" sobre lo manifestado en las redes lanza críticas negativas contra un determinado establecimiento, por considerar (con o sin razón), que no ha sido bien tratado, pero que da
EL TRIBUNAL SUPREMO ESTABLECE LOS CRITERIOS DE NULIDAD DE LAS CLÁUSULAS DE DURACIÓN EN LOS CONTRATOS DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES 3 oct

EL TRIBUNAL SUPREMO ESTABLECE LOS CRITERIOS DE NULIDAD DE LAS CLÁUSULAS DE DURACIÓN EN LOS CONTRATOS DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES

03/10/2019 DERECHO CIVIL
Se trata de una Sentencia del Pleno, con lo igual sienta jurisprudencia y viene a poner solución a un tema enormemente controvertido y que ha dado lugar a multitud de pleitos, (y puede dar lugar a otros muchos, si bien ahora ya sabiendo cual va a ser el posible resultado), y que viene a aclarar lo
EL TRIBUNAL SUPREMO EXIME A UNA MUJER DE PAGAR UNA DEUDA POR UNOS PRÉSTAMOS FIRMADOS POR SU MARIDO SIN SU CONSENTIMIENTO 3 oct

EL TRIBUNAL SUPREMO EXIME A UNA MUJER DE PAGAR UNA DEUDA POR UNOS PRÉSTAMOS FIRMADOS POR SU MARIDO SIN SU CONSENTIMIENTO

03/10/2019 DERECHO CIVIL
Traemos a colación esta muy reciente Sentencia del Tribunal Supremo porque se trata de un caso que se produce con relativa habitualidad, tras la cual sobreviene además con frecuencia una situación de crisis matrimonial y que culmina con que uno de los ex cónyuges de repente se encuentra con una
EL TSJ DE GALICIA DECLARA REVOCADA LA CONDICIÓN DE HEREDERO EN TESTAMENTO POR ESTAR SEPARADOS LOS CÓNYUGES 6 jun

EL TSJ DE GALICIA DECLARA REVOCADA LA CONDICIÓN DE HEREDERO EN TESTAMENTO POR ESTAR SEPARADOS LOS CÓNYUGES

06/06/2019 DERECHO CIVIL
El caso es el siguiente: Una persona que fallece en el año 2015 había otorgado testamento a favor de su entonces esposa en el año 2010, de la cual posteriormente se separó. El TSJ declara que los testamentos a favor de los cónyuges son ineficaces cuando en el momento de fallecer estén separados o

Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU. Sin embargo, los puntos de vista y las opiniones expresadas son únicamente los del autor o autores y no reflejan necesariamente los de la Unión Europea o la Comisión Europea. Ni la Unión Europea ni la Comisión Europea pueden ser consideradas responsables de las mismas.